Cuando se paga una escritura de fideicomiso o hipoteca en su totalidad, el banco u otra parte a quien se le adeuda el dinero es responsable de registrar la satisfacción y reenviarla a los prestatarios dentro de los 30 días de la liquidación.
Según la ley de Carolina del Norte, las escrituras de fideicomisos e hipotecas se pueden satisfacer en el registro con un simple instrumento preparado y firmado por el fiduciario o acreedor garantizado con el debido reconocimiento. Los abogados de los prestatarios pueden preparar y registrar declaraciones juradas de satisfacción cuando los acreedores garantizados no brindan satisfacciones.
Costo de Registro: sin cargo
Las solicitudes de notificación y cancelación de Deed of Trust antes del 3 de febrero de 1997 se realizaron solo por entradas marginales y no se indexaron.